En relación con su solicitud de los trámites migratorios y de permiso de trabajo, usted podría aplicar a un permiso temporal de residencia como trabajador contratado por una empresa bajo el acuerdo de Marrakech.
La empresa debe tener como mínimo tres (3) empleados y no más de nueve (9) trabajadores panameños en total, para que pueda contratar a un (1) extranjero en la planilla del Seguro Social por el Acuerdo de Marrakech.
Este tipo de permiso otorga residencia temporal por un (1) año prorrogable cinco (5) veces, en total serían (6) años, cumplido este tiempo se le debe cambiar el estatus, ya que no otorga permanencia definitiva.
Todos los años se debe hacer la renovación hasta completar seis (6) con su respectivo permiso de trabajo.
Tenemos a bien detallarle los requisitos, gastos, honorarios y tiempo de tramitación para realizar los trámites por acuerdo de Marrakech.
Los gastos para aplicar a este tipo de permiso ascienden a la suma de mil cuatrocientos dólares (US$ 1400.00) por cada persona, lo cual incluye los costos de los carnés de trámite y de permiso de Trabajo y los cheques que deben consignarse a migración descritos en el punto 1 y 2, de esta cotización.
Los gastos estimados deben ser pagados en su totalidad junto al abono inicial.
Los honorarios por la obtención de la residencia y permiso de trabajo permiso de trabajo son por la suma MIL QUINIENTOS DOLARES (US$ 1500.00) más 7%ITBMS, Se abona el 50% al iniciar el trámite con la firma de los poderes y el otro 50% al finalizar el trámite con la Resolución que le otorga la residencia temporal de un año.
El tiempo aproximado de cinco (5) meses. Durante el tiempo que este en trámite el permiso y la residencia Migración le otorga un carné de trámite por 6 meses.